Indicación geográfica protegida (IGP): qué exige el nombre
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Una indicación geográfica protegida es un nombre europeo que identifica un producto de un lugar concreto cuando al menos una de sus fases ocurre allí. La frase cabe en una etiqueta y se queda corta si no se le pone al lado la otra figura, la denominación de origen. Las dos protegen un nombre. No piden lo mismo. Sin esa diferencia, el gofio, el plátano y el queso majorero parecen tres sellos intercambiables. No lo son.
Las fotos son de plátano. No son el logotipo de la indicación, que es una marca institucional y no aparece aquí. El racimo es el producto de una de las tres IGP agroalimentarias que el listado del MAPA anota en Canarias. El gofio y el aguacate, que completan el trío, no caben en la misma lámina.
Qué pide el artículo 46
El Reglamento (UE) 2024/1143, de 11 de abril de 2024 y aplicable desde el 13 de mayo de 2024, llama indicación geográfica, en el apartado 2 de su artículo 46, a un nombre que identifica un producto agrícola con tres condiciones. Ha de ser originario de un lugar, una región o un país determinados. Su calidad, su reputación u otra característica específica han de ser esencialmente atribuibles a ese origen geográfico. Y de sus fases de producción, una al menos ha de tener lugar en la zona definida.
El apartado 1 del mismo artículo es la denominación de origen. Ahí el listón sube: la calidad o las características se deben al medio de forma fundamental o exclusiva, con sus factores naturales y humanos, y las fases ocurren en su totalidad en la zona. Las dos definiciones viajan en el mismo artículo desde que este reglamento derogó el Reglamento (UE) n.º 1151/2012, de 21 de noviembre de 2012. La tabla de correspondencias del texto nuevo empareja el apartado 2 con el antiguo artículo 5.2. La práctica no cambió de golpe el 13 de mayo de 2024: cambió el cajón legal donde estaba escrita.
El MAPA sigue explicando la diferencia con la redacción del reglamento derogado. Sirve para la cocina de la etiqueta y no sirve para citar el número de artículo. El número vigente, para los productos agrícolas, es el 46. El vino tiene un capítulo propio dentro del mismo reglamento. Por eso una botella canaria con denominación de origen no se lee con el apartado 2, ni con el apartado 1, palabra por palabra: se lee con el régimen vitivinícola. En el listado de vinos del MAPA, Canarias aparece con 11 DOP y esta hoja no le añade una IGP de vino que ese listado no ponga.
Tres figuras, tres contratos
| Figura | Qué ata el nombre al lugar | Cuántas fases, en la zona |
|---|---|---|
| DOP | Calidad o características debidas al medio, de forma fundamental o exclusiva | Todas |
| IGP | Una cualidad, la reputación u otra característica atribuible al origen | Al menos una |
| IG de espirituoso | Régimen propio de las bebidas espirituosas, no el artículo 46.2 | El que fije su pliego |
La tercera fila evita el mismo error que ya señala la hoja de la denominación de origen protegida: sentar el ronmiel en la mesa de los quesos. El ronmiel de Canarias es una indicación geográfica de bebida espirituosa. El listado de pliegos del MAPA lo anota en esa clase, con registro en la UE el 13 de febrero de 2008. Su porcentaje de miel y su graduación pertenecen a su pliego, que tendrá hoja aparte. Aquí basta con no llamarlo IGP agroalimentaria ni DOP.
Tampoco es lo mismo una IGP que un alimento «de Canarias» sin registro. El adjetivo geográfico es libre hasta que un pliego lo reserva. A partir del registro, usarlo en un producto que no cumple es una infracción, no un estilo de carta. La IGP no es un premio de concurso. Es un régimen: zona, al menos una fase, y un vínculo que puede ser de cualidad o de reputación.
Las IGP agroalimentarias de Canarias
El listado agroalimentario del MAPA anota, para Canarias, 3 IGP y 6 DOP. Las indicaciones geográficas protegidas de ese listado son estas:
- Gofio canario
- Aguacate de Canarias
- Plátano de Canarias
Las seis denominaciones de origen del mismo papel —cochinilla, papas antiguas, miel de Tenerife, queso de flor de Guía, majorero y palmero— están desarrolladas en la hoja de la DOP. El queso majorero es DOP, no IGP. Confundir el sello del queso con el del plátano es leer mal la etiqueta, aunque los dos sean canarios.
El gofio es el ejemplo que ya tiene pliego a la vista. La versión del MAPA fechada el 11 de febrero de 2014 lo define como el producto de moler cereales tostados en el archipiélago, con o sin sal marina. El tueste no puede pasar de 200 °C. El envasado, por la naturaleza del polvo y por el vínculo con el tueste y la molienda, ha de hacerse en Canarias. Eso encaja en el apartado 2: el nombre se debe a un modo de hacer y a un lugar, y no exige que cada grano haya nacido en la isla. Llamarlo DOP sería subir un escalón que el registro no ha subido.
El plátano de Canarias ocupa la lámina por la misma razón: es una de las tres, se reconoce sin un mapa, y la foto no sustituye al pliego. Una platanera junto a la carretera de Mogán enseña el cultivo en Gran Canaria. No enseña el censo de todas las parcelas amparadas, ni convierte en IGP cualquier banana que madure en otra latitud y se venda en la isla.
El aguacate de Canarias cierra la lista de tres. Está en el mismo PDF ministerial, al lado del gofio y del plátano. Contar las IGP del archipiélago y quedarse en dos es dejar fuera un fruto que el listado ya ampara.
Estos recuentos —3 IGP agroalimentarias, 6 DOP agroalimentarias, 11 DOP de vino— son los del listado del MAPA. Un registro nuevo los movería. El apartado 2 del artículo 46 no se mueve con ellos.
En la compra
El sello sirve para leer la etiqueta, no para adivinar el sabor. Un gofio con IGP tiene que cumplir el tueste, la molienda y el envasado de su pliego. Un plátano con IGP tiene que ser el fruto que su pliego ampara, no un gentilicio escrito al lado de una fruta de otro origen. Un aguacate con la indicación es el del registro, no cualquier aguacate que haya madurado en una finca de la isla sin ese nombre.
El abuso más común es el mismo que en la denominación de origen: escribir el sello junto a un producto que solo es local. Si no está en la lista, el adjetivo honesto es otro: de Tenerife, del molino, de la cooperativa, de la finca. Esos adjetivos pueden ser verdaderos y no son una IGP. Quien paga el nombre protegido paga el pliego.
En la sala, la frase corta es la que separa. Si el gofio lleva la IGP, se dice IGP. Si el queso es majorero, se dice DOP y se deja la IGP para el cereal o la fruta. Si el ronmiel lleva su indicación de espirituoso, se dice eso, no «una IGP más». Las 3, las 6 y el espirituoso no se suman en una sola copa de prestigios.
En Canarias
El arraigo del régimen es el del archipiélago que los pliegos dibujan, no el de una sola capital. Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera y El Hierro entran porque el gofio, el plátano y el aguacate se definen sobre el conjunto o sobre la zona que cada pliego fije, y porque las DOP hermanas —miel, quesos, papas, vinos— cubren islas concretas que la otra hoja ya lista. La foto de Mogán fija una ladera de plataneras en Gran Canaria. No dice que toda la isla sea la zona, ni que una platanera sin el nombre sea la IGP.
La diferencia con la DOP se toca con la mano en dos productos que ya tienen hoja. El gofio se tuesta y se muele bajo una IGP: una fase decisiva y un modo de hacer bastan para el apartado 2. El majorero exige la leche de la cabra de la isla y el resto de su pliego bajo una DOP: el apartado 1. Los dos pueden estar en la misma mesa. Los dos no llevan el mismo sello, y decirlo mal es más grave que olvidar un adjetivo.
Términos relacionados
- Denominación de origen protegida — el apartado 1 del mismo artículo 46: todas las fases y un vínculo más estricto.
- Gofio — la IGP con pliego de 2014, techo de 200 °C y envasado en las islas.
- Queso majorero — una DOP, para no mezclar el sello del queso con el del plátano.
- Fermentación — la vía del vino y del queso, que el sello no sustituye.
- Cabra canaria — la raza de la leche que la DOP majorera pide, fuera de esta lista de IGP.
Fuentes
— ver la foto a tamaño completoPlátano de Canarias y nueces. La foto enseña el fruto de una de las tres IGP agroalimentarias, no el sello dibujado.
— ver la foto a tamaño completoPlataneras entre Puerto de Mogán y Veneguera. El cultivo se ve en el paisaje; el registro de la IGP es otra cosa, y se comprueba en el listado.
Fotos: 1. racatumba (abre en una pestaña nueva) (CC BY 2.0 (abre en una pestaña nueva)) · 2. Jarek Prokop (abre en una pestaña nueva) (CC BY 3.0 (abre en una pestaña nueva))
Preguntas frecuentes
¿Qué es una indicación geográfica protegida?
¿En qué se diferencia una IGP de una DOP?
¿Cuántas IGP agroalimentarias hay en Canarias?
¿El plátano de Canarias es DOP?
¿El gofio canario es IGP?
¿El ronmiel de Canarias es una IGP?
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